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AIDIMME / Contacto / Condiciones generales de compra para proveedores


Condiciones de facturación y forma de pago de AIDIMME

El Proveedor emitirá la factura o facturas a solicitud de AIDIMME y según las condiciones acordadas, en fechas e importes. La forma de pago general de AIDIMME es mediante transferencia bancaria a 60 días fecha factura. Cualquier modificación deberá ser negociada, solicitándolo por e-mail a: proveedores@aidimme.es


Dirección de envío de las facturas

Las facturas deberán remitirse vía e-mail a: proveedores@aidimme.es


Información que debe aparecer en el albarán y las facturas

  • Nº del Código de la Orden de compra de AIDIMME.
  • Descripción de la Orden de Compra.

Embalaje y suministro

Los materiales y equipos deberán suministrase debidamente embalados, en la dirección de entrega que se indique en la Orden de Compra. Se recuerda que AIDIMME tiene 2 sedes.

El horario estándar de entrega, que deberá pactarse con el técnico de AIDIMME que realiza el pedido, será el siguiente:

  • Lunes a jueves: de 08:00h. a 16:30h.
  • Viernes y jornada intensiva: de 08:00h. a 13:30h.

Para cualquier entrega excepcional y fuera de este horario contacte con el responsable de la Orden de Compra o de la solicitud de Muestras para Laboratorio.


Aceptación de la mercancia. calidad y productos no conformes

Todos los bienes y productos entregados deben ajustarse a las especificaciones marcadas en la Orden de Compra.

La firma del albarán de entrega o de cualquier otro documento de entrega, así como el pago de las facturas emitidas no podrá ser entendido como aceptación de la calidad de los productos suministrados. Por tanto, después de la entrega, AIDIMME se reserva los derechos que le correspondan por cualquier falta, pérdida, daño o desacuerdo que pueda detectarse.


Documentación adicional

Cuando así se requiera, el Proveedor deberá emitir un informe final del trabajo realizado. Este informe debe contener, como mínimo, la siguiente información:

  • Los datos del proveedor.
  • Los datos de AIDIMME.
  • Título del trabajo realizado.
  • Referencia al proyecto AIDIMME (Acrónimo y título completo).
  • Logotipo del proveedor en todas las páginas del informe.
  • Descripción del trabajo realizado.
  • Un apartado en el que se hace referencia al coste total del servicio, al número de factura/s emitida/s y la referencia a la Orden de Compra (SG) de AIDIMME.

El informe debe ir fechado y firmado (firma manuscrita o electrónica). Si la firma es manuscrita (no sirve una imagen pegada), se debe acompañar del sello.


Subcontratación

El proveedor no está autorizado a subcontratar a terceros el pedido realizado por AIDIMME, salvo consentimiento expreso por escrito de AIDIMME.


Prevención de riesgos laborales

Si el proveedor debe realizar cualquier tipo de trabajo en las instalaciones de AIDIMME vinculado a la entrega de la mercancía/equipo, deberá informar debidamente de las fechas previstas de ejecución de estas actividades, con objeto de que el responsable de PRL (Prevención Riesgos Laborales) de AIDIMME se coordine con el de la empresa proveedora para dar cumplimiento a las obligaciones legales derivadas.


Cumplimiento de las obligaciones sociales, fiscales y laborales

El Proveedor manifiesta que cumple fielmente con cuantas obligaciones impone la legislación fiscal, laboral y de Seguridad Social a sus empleados, en relación con todos sus trabajadores, y en especial, con los asignados a la presentación de servicios al Comprador, garantizando la total indemnidad de AIDIMME respecto de las responsabilidades y sanciones que se deriven del incumplimiento de dichas obligaciones, las cuales serán íntegramente asumidas por el Proveedor.

Asimismo, el proveedor se obliga a presentar a AIDIMME con carácter previo al comienzo de la prestación de cualquier servicio los oportunos certificados emitidos por los organismos públicos correspondientes que acrediten que se está al corriente en las citadas obligaciones, en cumplimiento de la entrada en vigor el 1 de julio del 2024 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003 artículo 43.1f).

Por ello se facilitará a AIDIMME, certificados de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias, así como con la seguridad social. A ser posible el certificado que se emite a subcontratistas.

Esta obligación se entenderá cumplida con la presentación de los certificados y su renovación semestral o anual según la caducidad de estos.

Expresamente se pacta que el incumplimiento de está obligación facultará al Comprador a resolver unilateralmente y de modo inmediato los contratos a los que se les apliquen estas Condiciones Generales.

Agradeciendo de antemano su colaboración, aprovechamos la ocasión para saludarles.